La Ley 2466 de 2025 introdujo cambios importantes en la liquidación de nómina en Colombia. Desde julio de 2025 hay nuevas reglas para recargos nocturnos, dominicales y festivos, y la jornada laboral máxima continúa su reducción progresiva. Si tienes empleados, debes ajustar tu liquidación para evitar sanciones.
1. Recargo nocturno: ahora desde las 7:00 p.m.
Uno de los cambios más relevantes es el horario de inicio del trabajo nocturno. Antes de la reforma, el recargo nocturno empezaba a las 9:00 p.m. La nueva ley lo adelanta a las 7:00 p.m., lo que significa que más horas de trabajo generan recargo nocturno.
| Concepto | Antes | Desde julio 2025 |
|---|---|---|
| Inicio jornada nocturna | 9:00 p.m. | 7:00 p.m. |
| Recargo nocturno | 35% | 35% (se mantiene) |
| Horas afectadas | 9pm – 6am | 7pm – 6am |
2. Recargo dominical y festivo: aumento progresivo
El recargo por trabajo en domingos y festivos aumenta de forma progresiva en tres etapas. Actualmente aplica la primera fase:
3. Jornada laboral máxima
La reforma también continúa el proceso de reducción progresiva de la jornada laboral máxima legal en Colombia:
| Vigencia | Jornada máxima semanal |
|---|---|
| Hasta junio 2025 | 44 horas semanales |
| Julio 2025 – junio 2026 | 44 horas (sin cambio en esta etapa) |
| Julio 2026 en adelante | 42 horas semanales |
4. SMMLV y auxilio de transporte 2026
Para 2026, los valores de referencia actualizados son:
- Salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV): $1.750.905
- Auxilio de transporte: $249.095 (para salarios hasta 2 SMMLV)
- Salario integral mínimo (10 SMMLV): $17.509.050
Errores comunes al liquidar con la nueva reforma
- Seguir calculando el recargo nocturno desde las 9pm en lugar de las 7pm
- Aplicar el 75% de recargo dominical en lugar del 80% vigente desde julio 2025
- No incluir el auxilio de transporte en la base para liquidar prestaciones sociales (prima, cesantías, vacaciones)
- Olvidar que el recargo nocturno dominical se suma (80% dominical + 35% nocturno = 115%)