El gobierno de Gustavo Petro declaró estado de Emergencia Económica mediante el Decreto 1390 del 22 de diciembre de 2025, buscando atender un déficit fiscal de $16.3 billones que se generó tras el hundimiento de la Ley de Financiamiento en el Congreso. Pero esto no terminó allí: el 11 de febrero de 2026 se declaró una segunda emergencia por desastres naturales en 8 departamentos (Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó) debido a inundaciones severas. El resultado: una cascada de decretos con nuevos impuestos temporales, oportunidades de normalización tributaria, y una guerra legal ante la Corte Constitucional.
¿Qué es el estado de emergencia económica?
Un estado de emergencia económica es una facultad excepcional que la Constitución colombiana otorga al presidente para enfrentar crisis económicas o de desastres naturales. Cuando se declara, el gobierno puede expedir decretos-ley con fuerza de ley ordinaria, sin necesidad de pasar por el Congreso.
La Constitución establece limitaciones claras: la emergencia no puede durar más de 30 a 90 días, y está sujeta a revisión inmediata por parte de la Corte Constitucional, quien puede suspenderla si considera que no responde a un evento excepcional real. Esto último ha sido crucial en el caso actual.
Los decretos expedidos
El gobierno ha emitido dos oleadas de decretos bajo estas emergencias:
- Primera oleada (Diciembre 2025): Decreto 1390 (emergencia económica por déficit fiscal)
- Segunda oleada (Febrero-Marzo 2026): Decretos 0173-0177 (emergencia por desastres naturales), seguida de 7 decretos adicionales emitidos el 12 de marzo de 2026 que amplían y profundizan las medidas tributarias
Estos decretos crearon nuevos impuestos temporales, facilitaron mecanismos de normalización tributaria para evasores, y flexibilizaron el pago de obligaciones con la DIAN.
Nuevos impuestos temporales — Lo que debes saber
Impuesto temporal al patrimonio (Decreto 0173)
Este es el impuesto más importante cuantitativamente. Aplica a todas las personas jurídicas (empresas, cooperativas, asociaciones) cuyo patrimonio neto supere 200.000 UVT (aproximadamente $10.474 millones de pesos al valor de 2026).
- Tasa general: 0.5% del patrimonio neto
- Tasa elevada (1.6%): Para bancos, aseguradoras, sociedades comisionistas de bolsa, y empresas del sector extractivo (petróleo, carbón)
- Fechas de pago: 50% a pagar antes del 1 de abril de 2026, y el otro 50% antes del 4 de mayo de 2026
- Recaudo esperado: Aproximadamente $8 billones según el gobierno
Impuesto a juegos de azar en línea
Se estableció una tarifa de consumo del 16% sobre los depósitos en plataformas de juego en línea. La base gravable se calcula como total de apuestas menos premios pagados, evaluado cada dos meses. Aunque el impacto individual es menor que el patrimonial, busca gravar una industria que ha crecido aceleradamente.
Normalización tributaria: Blanqueamiento de activos ocultos
Una de las opciones más atractivas para quienes tengan activos no declarados: la normalización tributaria al 19%. Funciona así:
- Declara tus activos ocultos o subvaluados al 1 de abril de 2026
- Paga un impuesto único del 19% sobre su valor
- Quedarás exonerado de investigación penal y de sanciones sobre renta e IVA en años anteriores
- Es el mayor blanqueamiento tributario que ha ofrecido Colombia en años
Para muchos empresarios y profesionales con ingresos no reportados, esta alternativa es muy atractiva frente al riesgo de una auditoría de la DIAN.
Facilidades de pago con la DIAN: Ponerse al día con descuento
Si tienes deudas tributarias acumuladas, hay una oportunidad única:
- Antes del 30 de abril de 2026, puedes solicitar estabilización de tu cuenta con la DIAN
- Pagarás el 100% de la deuda de capital, pero solo el 15% de las sanciones acumuladas
- Esto aplica a personas naturales y empresas en todos los impuestos (renta, IVA, ICA, retenciones, etc.)
¿Qué dice la Corte Constitucional?
Aquí es donde las cosas se ponen complicadas. El 29 de enero de 2026, la Corte Constitucional emitió una decisión histórica:
- Suspendió el Decreto 1390 (la emergencia económica original) por votación 6-2
- Razón: La Corte consideró que el déficit fiscal es un problema estructural del Estado, no un evento excepcional que justifique una emergencia
- Consecuencia inmediata: El gobierno no puede seguir cobrando los impuestos temporales creados bajo ese decreto
- Próxima decisión: A finales de marzo de 2026 se espera un fallo definitivo sobre la Corte sobre la emergencia por desastres naturales
Esto deja en el limbo los impuestos del Decreto 1390, pero mantiene vigentes (por ahora) los decretos de la segunda emergencia sobre inundaciones. La incertidumbre es máxima: un contribuyente que pague el impuesto al patrimonio el 1 de abril podría, después del fallo de la Corte, reclamar una devolución.
¿Cómo te afecta si eres persona natural o empresa?
Si eres empresa
- ¿Tienes patrimonio neto superior a $10.474 millones? Potencialmente debes pagar el impuesto temporal al patrimonio (0.5% o 1.6% según sector) en dos cuotas: abril 1 y mayo 4
- ¿Trabajas en banca, seguros, comisión de bolsa o extractivos? Aplica la tasa del 1.6%, que es significativamente más alta
- ¿Tienes activos ocultos o subvaluados? La normalización al 19% es una oportunidad única hasta abril 1
- ¿Debes dinero a la DIAN? La estabilización con solo 15% de sanciones vence el 30 de abril
Si eres persona natural
- El impuesto patrimonial temporal no aplica a personas naturales, solo a personas jurídicas
- Pero: Si tienes activos no declarados (propiedades, inversiones, dinero en efectivo), puedes normalizarlos con la tarifa única del 19% y sin investigación penal
- Si vives en uno de los 8 departamentos afectados (Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena, Chocó), los gobernadores y alcaldes pueden decretar impuestos complementarios locales para atender la emergencia de desastres
- Si tienes deudas con la DIAN: Mismo descuento: paga el 100% del capital y solo 15% de sanciones antes del 30 de abril
Recomendaciones prácticas
- Calcula tu exposición: ¿Superas los $10.474 millones de patrimonio neto? Modela el costo: 0.5% o 1.6% en abril y mayo
- Revisa tus activos no declarados: ¿Vale la pena exponerse a una auditoría? La normalización al 19% puede ser muy atractiva
- No hagas nada por pánico: Espera a que la Corte Constitucional emita su fallo definitivo antes de hacer grandes movimientos financieros
- Consulta a tu asesor: Las emergencias generan decretos complejos. Cada caso es único y merece una revisión profesional
- Documéntate bien: Los decretos están publicados en el Diario Oficial y disponibles en el sitio del MinHacienda